Ahora bien, respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló
Ahora bien, respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló precedentemente, el art. 417 del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 de la referida norma con relación al art. 124 de la LOJ, en sentido de que, este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la Resolución recurrida, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil y solamente se suspenderá durante la vacación judicial, debiendo al efecto computarse sólo los días hábiles, conforme prevé el art. 123.I de la LOJ que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”. Realizada esa precisión, se tiene que conforme la diligencia a fs. 89, el 15 de febrero de 2018, se procedió a la notificación con el Auto de Vista impugnado a la recurrente María Estela Correa Vda. de Condarco, quién conforme consta en el cargo electrónico de recepción, a fs. 98, presentó su recurso de casación el 23 del mismo mes y año; es decir, que el recurso sujeto a examen de admisibilidad, fue interpuesto a los 6 días hábiles de la notificación con la Resolución recurrida; en consecuencia, al constatarse su presentación extemporánea conforme prevé el párrafo tercero del art. 417 del CPP, el recurso deviene en inadmisible, resultando innecesario analizar los demás presupuestos de admisibilidad; es decir, los motivos expuestos en el recurso de casación
- Por memorial presentado el 23 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 15 de febrero de 2018 (fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- Las formas procesales revisten un carácter protocolar que se implementa como carga a quien pretende
- Ahora bien, respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
