De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 24/2017 de 5 de mayo (fs. 644 a 648), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a José Guido Quevedo Gonzales, autor y culpable de la comisión del delito previsional de Apropiación Indebida de Aportes, previsto y sancionado por el parágrafo primero del art. 345 Bis del CP, imponiendo la pena de cinco años de presidio y cien días multa a razón de Bs. 1.- por día, con costas y reparación de daños a favor de la víctima, regulable en ejecución de sentencia
- Por memoriales presentados el 15 de enero y 26 de febrero de 2018, José Guido
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Gladys Esperanza Coro Villca en representación de BBVA Previsión S
- Por diligencias de 15 de diciembre de 2017 (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- El recurrente denuncia la falta de fundamentación y motivación del Auto de Vista impugnado, al
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 12 de 30 de enero de 2012, 152
- Transcribe también de forma parcial, el Auto Supremo 724/2004 de 26 de noviembre, referido según
- II.2.Del recurso de casación de Gladys Esperanza Coro Villca en representación de BBVA Previsión S.A
- Por su parte, Gladys Esperanza Coro Villca, haciendo referencia de manera concreta, que el certificado
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV
- IV.2.Del recurso de casación de José Guido Quevedo Gonzales
- En cuanto al recurrente, se advierte que fue notificado con el Auto de Vista recurrido
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
