Auto Supremo AS/0297/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2018

Fecha: 06-Jul-2018

De la revisión de los antecedentes procesales, el recurso de apelación y lo resuelto en

De la revisión de los antecedentes procesales, el recurso de apelación y lo resuelto en alzada, con base en lo anterior expuesto, se advierte que efectivamente, a fs. 345 el Juez de la causa, declaró clausurado el período de prueba y dispuso la notificación de las partes a los fines de que presenten sus conclusiones. En efecto, en el decreto de 22 de agosto de 2014 (fs. 345) se señala:
“…Al otrosí 1.- Se declara cerrado el periodo de prueba, debiendo notificarse a las partes con esta providencia con el fin de que hagan uso de su derecho a presentar sus conclusiones, debiendo ingresar luego de cumplidas las notificaciones ordenadas el expediente a despacho…”