El incentivo de la gestión 1990, fue una cancelación errónea y observada por la entonces
El incentivo de la gestión 1990, fue una cancelación errónea y observada por la entonces Contraloría General de la Republica, considerado como un pago indebido, y por memorándum Nº 1243 de 4 de octubre de 1992, se dispuso descontar en forma condicional el importe correspondiente de los beneficios sociales de los ex funcionarios; el pago de refrigerio, se lo realiza cada quincena de mes, sin que sea un obligación de la entidad, y al haberse retirado el trabajador el 4 de abril de 2008, se pagó indebidamente del mes de abril, a cuyo efecto correspondería el descuento por este concepto, bajo el principio de legalidad; y, el descuento IVA, al momento de recibir los beneficios sociales el trabajador no presento descargos por concepto de IVA, por lo que, también correspondería el descuento en proporción al porcentaje equivalente al monto total de los beneficios
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Guido Germán
- Auto de Vista
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la CNS - regional La Paz, formuló recurso
- El incentivo de la gestión 1990, fue una cancelación errónea y observada por la entonces
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- Petitorio
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- En ese entendido, no es viable la deducción de estos derechos laborales, por ningún concepto,
- En mérito a lo expuesto y no encontrándose fundado alguno de los motivos traídos en
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
