Auto Supremo AS/0390/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2018

Fecha: 27-Jul-2018

Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado vulnera

II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado vulnera la normativa constitucional vigente referida a la seguridad social, bajo los siguientes argumentos:
El art. 45.IV. de la Constitución Política del Estado garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo, en concordancia con el art. 48.I. y III. de la propia Constitución que determina que las disposiciones sociales y laborales son de cumplimiento obligatorio, así como los derechos y beneficios de los trabajadores son irrenunciables y toda convención contraria o que tienda a burlar sus efectos son nulas.
Ya en lo que refiere a la norma especial, el Código de Seguridad Social en sus arts. 45. y 46. expresan claramente el derecho que tienen los trabajadores a la renta de vejez y los requisitos mínimos que se deben considerar para acogerse a este beneficio, tener no menos de 180 cotizaciones mensuales y cumplir con la edad exigida, entre otros