El recurrente luego de hacer referencia de que en su recurso de apelación restringida opuesto,
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El recurrente luego de hacer referencia de que en su recurso de apelación restringida opuesto, planteó que la Sentencia de grado adolecía de los defectos contenidos en el art. 370 incs. 5) y 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuya razón se explica –en perspectiva del recurso- en la no valoración de las atestaciones de Nancy Portal Vera (Señalada como intérprete de señas) y Esther Arteaga Kiriaco (funcionaria del SLIM); ambas coincidentes en no haber mantenido adecuada comunicación por carencia de conocimiento en lenguaje de señas; la valoración de la prueba MP-7 (Entrevista de la víctima con la intervención de su hermana como intérprete); así como no haber dado credibilidad a las deposiciones que afirmaron que el día de los hechos el imputado no abandonó su fuente de trabajo, manifiesta que el Ministerio Público no pudo probar la existencia que lo vincule con el hecho de manera inobjetable. Señalando como precedentes contradictorios los Autos Supremos 183 de 6 de febrero de 2007 y 214 de 28 de marzo de 2007
- Por memorial presentado el 7 de mayo de 2018, de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Leonardo Herrera Reis interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 27 de abril de 2018 (fs
- El recurrente luego de hacer referencia de que en su recurso de apelación restringida opuesto,
- El recurrente cuestiona la conclusión del Auto de Vista impugnado, que si se tomaron en
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Conforme lo descrito en el anterior apartado, son dos las formas de apertura de competencia
- La suma de aspectos retratados en el párrafo precedentemente, fueron incumplidos por el recurrente, pues
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
