Auto Supremo AS/0501/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0501/2018-RA

Fecha: 10-Jul-2018

Ahora bien, respecto al único motivo, donde el recurrente reclama que el Auto de Vista


Ahora bien, respecto al único motivo, donde el recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido sin fundamentación ni motivación alguna confirmó la Sentencia, alegando que no habría cumplido con lo previsto por el art. 408 del CPP, sin analizar ni considerar los puntos reclamados en su recurso de apelación restringida referidos a: i) Defectuosa valoración de las pruebas; donde arguyó que la Sentencia se basó en la no existencia de prueba, aspecto que le resulta falso, puesto que, presentó el Testimonio falsificado ideológicamente que no fue valorado ni contrastado con las demás pruebas de cargo y descargo, por lo tanto afirma, que demostró haberse fraguado el documento con la inserción de declaraciones falsas; sin embargo, la Sentencia no citaría el Folio Real emitido con datos falsos, que coincide con el Testimonio, demostrándose que existió instrumento falsificado N° 1276/2006; sin la necesidad de un estudio grafo técnico alguno, pues si bien el documento no sería falso; empero, contendría declaraciones falsas, constituyendo una desproporción en la aplicación de las reglas de la sana crítica; ii) Sentencia sin fundamentación legal; ya que, no había puntualizado la prueba base de su decisión, incurriendo además, en contradicción al señalar que no presentó prueba testifical de cargo ya que no había señalado cuál el documento donde se insertó datos falsos y que no existía un estudio grafo técnico; aspecto que, no fue reparado por el Tribunal de alzada, inobservando que fue considerado ampliamente por el Tribunal Supremo de Justicia que trazó “la línea jurisprudencial, de la cual se cita atentando contra el debido proceso y a la garantía constitucional de verdad material” (sic); puesto que, la Sentencia no indicó sobre cuáles fueron los motivos para la absolución, menos citó las pruebas aportadas que no fueron valoradas incurriendo en una errónea interpretación de las pruebas