Conforme se tiene del recurso de casación, los recurrentes haciendo una exegesis y abstracción de
Conforme se tiene del recurso de casación, los recurrentes haciendo una exegesis y abstracción de algunos de los argumentos expuestos en el recurso de apelación restringida, se observa en la exposición de sus fundamentos que señalan agravios como defectos del art. 370 inc. 1) del CPP, refiriendo a su vez errónea valoración de la prueba; no encontrándose vinculación de estos argumentos con los fundamentos del Auto de Vista emitido, cuando los agravios, más allá de señalarse los defectos de Sentencia, deben ir a denunciar defectos, errores y falencias en las que incurra el Auto de Vista en la forma de resolver la apelación restringida planteada por las partes; que contrariamente los recurrentes no exponen agravio alguno que les haya causado el Auto de Vista, limitándose a impugnar nuevamente la Sentencia, conforme se evidencia de la simple lectura de la suma del memorial de casación, donde indica “INTERPONE RECURSO DE CASACIÖN CONTRA LA SENTENCIA Nº 20/2016”; siendo equívoca por parte de los recurrentes el sentido y la naturaleza jurídica del recurso de casación que conforme al art. 416 primera parte del CPP, únicamente puede ser procedente para impugnar Autos de Vista
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, los acusadores particulares Emily Yansi Zelaya Fernández y Ángel Pedro Kantuta
- Por diligencia de 2 de febrero 2018 (fs
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De este modo se vulneraron los derechos porque el Tribunal de origen no valoró el
- La parte final del art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Los recurrentes en su único motivo haciendo una remembranza de los defectos de la Sentencia
- Conforme se tiene del recurso de casación, los recurrentes haciendo una exegesis y abstracción de
- Por ello, la parte recurrente, pretendiendo la revisión de la Sentencia nuevamente, incumplen los fundamentos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
