Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente argumenta que uno de los agravios planteados en su recurso de alzada, estuvo fundado en la existencia del defecto previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP, referido a la inobservancia o errónea aplicación de la Ley Sustantiva, defecto que a decir del apelante acontecería por la inadecuada valoración de la prueba respecto a los hechos y la responsabilidad del acusado, pues no existiría ejercicio valorativo e intelectivo, coherente y racional para determinar su responsabilidad; agravio sobre el cual el Tribunal de apelación habría señalado que el Tribunal de Sentencia valoró todos los elementos de prueba producidos en juicio; y, apoyado en la Sentencia Constitucional 727/2003-R, señalaría que el defecto denunciado contempla tres hipótesis: i) Errónea calificación de los hechos, ii) Errónea concreción del marco penal o iii) Errónea fijación judicial de la pena. Transgrediendo el entendimiento asumido por el Auto Supremo 134/2013-RRC de 20 de mayo, el cual fue transcrito, señalando que la contradicción radica en dicha resolución suprema sin limitar la existencia del defecto denunciado a las tres hipótesis identificadas por el Tribunal de apelación, pues el mismo tendría dos fases: a) La determinación del hecho probado; y, b) La subsunción de esos hechos al tipo penal; aspectos que en el caso de autos no se hubiera realizado de manera adecuada por la insuficiente prueba producida que no demostraría de manera objetiva la acción que hubiera desplegado en la muerte de la occisa
- Por memorial presentado el 21 de marzo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 14 de marzo del 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Con relación al segundo agravio planteado en su recurso de alzada que hubiera estado fundado
- Acusa que el Tribunal de apelación revaloró y analizó prueba documental y testifical, desconociendo la
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se establece que
- En el segundo motivo agravio de casación, por el cual refiere que su recurso de
- En el tercer motivo, se denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en revaloración de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
