Auto Supremo AS/0568/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0568/2018-RA

Fecha: 24-Jul-2018

En ese sentido, se establece que la parte recurrente en el primer motivo del recurso,


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que la parte recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 26 de marzo de 2018, interponiendo su recurso de casación el 3 de abril del mismo año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el art. 417 del CPP. Cómputo efectuado, puesto que, el 30 de marzo fue declarado feriado nacional por la festividad de Semana Santa; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En ese sentido, se establece que la parte recurrente en el primer motivo del recurso, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación en la emisión del Auto de Vista recurrido a tiempo de resolver el primer agravio de ambos recursos de apelación restringida opuestos por los imputados; a cuyo efecto, cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 104 de 20 de febrero de 2004 y 257 de 1 de agosto de 2006, de los cuales refiere de manera precisa a título de contradicción, que el Tribunal de alzada no ajustó su actividad a la correcta aplicación de los arts. 124 y 373 del CPP; en consecuencia, estando invocado correctamente el precedente y precisada la contradicción existente con el Auto de Vista recurrido aunque de manera escueta, corresponde la admisibilidad del presente motivo