Por diligencia de 6 de febrero de 2018 (fs
Por diligencia de 6 de febrero de 2018 (fs. 645), fue notificado el recurrente, con el referido Auto de Vista; y, el 15 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 15 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Gerónimo Paco Martínez formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 6 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- En cuanto a la invocación de la Sentencia Constitucional 227/2010-R de 19 de noviembre, en
- Al respecto, corresponde señalar, que habiendo rechazado el Tribunal de alzada todos los motivos del
- Por los fundamentos expuestos se establece que el presente motivo de casación no cumple con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
