De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
Haciendo referencia a los actuados procesales dentro de la presente causa señala la parte recurrente, que invocó los precedentes contradictorios al momento de interponer su recurso de apelación restringida y también aducen que la emisión de resolución de conversión de acción de 24 de junio de 2014 y la resolución del Juez de Sentencia resultarían ser fallos con carácter definitivo y las mismas no fueron puestas a conocimiento de los imputados violando su derecho a la defensa y al debido proceso constituyendo en defecto absoluto previsto en el art 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP), siendo que el Juez de origen de oficio debió verificar el cumplimiento de las normas procesales; sin embargo, no lo hizo. Con relación a este punto señala que al momento de interponer su recurso de apelación restringida invocó como precedentes contradictorios consistentes en la Sentencia Constitucional 168/2003-R de 17 de febrero y el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, refiriendo que sería contradictorio porque la autoridad judicial que emitió la Sentencia llamada a velar el debido proceso debió verificar el cumplimiento de las normas procesales consagradas en el art. 163 inc. 3) del CPP, con el único objeto de no causar incredulidad y zozobra a la defensa, más aun si con ello las partes hubieran tenido la oportunidad procesal de recurrir con los medios legales que la Ley franquea a los sujetos procesales, siendo que en los hechos el Juez de Sentencia no tuvo la posibilidad real e inequívoca de desestimar dicha querella y acusación particular con las razones expuestas; toda vez, que los hechos resultaban de orden privado y estaba viciado por falta de conocimiento de los imputados como parte en el proceso; además, que no cumplía con los requisitos formales para su interposición
- Por memorial presentado el 6 de abril de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Refieren la existencia de defectos absolutos porque en la Sentencia se advirtió que se emitió,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- El Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento de la primera parte del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
