El Tribunal recurrido, omitió considerar que existen violaciones a la ley procesal que les causan
El Tribunal recurrido, omitió considerar que existen violaciones a la ley procesal que les causan indefensión en su calidad de litis consortes ya que el postulado del debido proceso es cuidar que el proceso no se lleve con vicios de nulidad, por ello; en su caso, la Juez del proceso – sin tener pleno conocimiento de la naturaleza de la relación jurídica sustancial – objeto de la controversia (arts. 363 y 110 del CPC), ya que no es común e indivisible con respecto a los demandados principales Juan José Rodríguez Espinoza y Fernando Rey Quenta Espinoza, no son parte de las pretensiones de los actores
- Proceso: Reivindicación
- CONSIDERANDO II
- El Tribunal recurrido, omitió considerar que existen violaciones a la ley procesal que les causan
- CONSIDERANDO IV
- “… Asimismo Art
- “… La acción reivindicatoria debe otorgarse a aquel propietario que no ostenta posesión de su
- IV.2. Sentencia 22/2017 de 10 de junio de 2016
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
