En el caso de autos la Sala Penal comprobó, que el recurso formulado por Marco
Esta Sala Penal fue coherente y constante en verter criterio sobre la exigencia de claridad exigida a la pretensión casacional, lo que se traduce no sólo en la necesidad de que la estructura del memorial que la procura no recaiga en un mero escrito de alegaciones u opiniones sobre aspectos insustanciales del proceso, sino que posea una razonable claridad expositiva que permita la individualización del problema jurídico planteado. De tal forma, que no cabe una argumentación por azar mezcle argumentos sobre las cuestiones fácticas y jurídicas. La naturaleza extraordinaria del recurso no admite la yuxtaposición de argumentos heterogéneos y la invocación de normas carentes de conexión con los aspectos específicos que se reclaman en un caso en concreto, pues generan imprecisión e indeterminación al momento de su resolución.
En el caso de autos la Sala Penal comprobó, que el recurso formulado por Marco Antonio Prado Rojas es, en los hechos, copia del recurso de apelación restringida. En el actual recurso se llega al punto de reproducir los mismos errores que su antecesor. No es razonable que por el método de «copiar y pegar» que con el advenimiento de medios informáticos facilita la construcción de textos, pese a que las circunstancias difieran en el tiempo y en la forma procesal de abordaje jurídico, se reproduzca un recurso opuesto contra otra Resolución. Una cosa es aprovechar los argumentos genéricos que puedan servir para uno y otro caso, y otra, impropia, es reproducir incluso las que sólo eran aplicables a un momento procesal en específico, como ocurre al presente, más cuando los reclamos pretendidos en una primera oportunidad fueron puestos a resolución del Tribunal de apelación
- Por memorial presentado el 30 de abril de 2018, cursante de fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- c)Por diligencia de 23 de abril de 2018 (fs
- Luego de brindar una reseña sobre los antecedentes del hecho y del proceso, así como
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El ejercicio del derecho a impugnar los fallos judiciales presupone, por lógica, que quien pretende
- En el caso de autos la Sala Penal comprobó, que el recurso formulado por Marco
- En la lectura del recurso la carga de carencia argumentativa tiende a agravar, por cuanto
- En suma, se realiza un planteamiento impreciso, en la que se acumulan argumentos de tipo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
