Mario Ajata Capia
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 620/2018-RI
Sucre: 10 de julio de 2018
Expediente: O – 26 – 18 – S
Partes: Rolando Peñarrieta Mirones y Mary Angelica Cabrera de Peñarrieta. c/
Mario Ajata Capia
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 620/2018-RI
Sucre: 10 de julio de 2018
Expediente: O – 26 – 18 – S
Partes: Rolando Peñarrieta Mirones y Mary Angelica Cabrera de Peñarrieta. c/
Mario Ajata Capia
- Mario Ajata Capia
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1
- Por lo que solicita se declare infundado el recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- Sobre este tema, de inicio acudiremos a los criterios expuestos en la doctrina referente al
- De lo expuesto, se puede inferir que el recurso de casación tiene como una de
- Con carácter previo a resolver la admisibilidad de la presente causa, corresponde hacer énfasis en
- 3
- En base a esos antecedentes se puede advertir la resolución que otorga legitimación pasiva para
- Por cuanto siendo evidente que el recurso de casación no cumple con los requisitos plasmados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
