c)Que el auto de vista de forma equivoca establece que la sentencia transgredió el art
c)Que el auto de vista de forma equivoca establece que la sentencia transgredió el art. 547 del Código Civil, ya que al haber declarado la nulidad del contrato de transferencia, condena al demandado a la devolución de la suma de $us 65.000, dejando de lado el hecho que se pagó el precio de $us 30.000 y otro vehículo del demandante
- Partes: Fernando Guillermo Guilarte Uzqueda. c/ Cesar Vaca Severiche
- CONSIDERANDO I
- 3
- 1.De la resolución impugnada
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la Legitimación procesal
- b)El tribunal de Alzada constituye una motivación arbitraria al pretender el cumplimiento de las formalidades
- c)Que el auto de vista de forma equivoca establece que la sentencia transgredió el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
