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    Auto Supremo AS/0427/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0427/2018

    Fecha: 17-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En grado de Apelación, promovido por el representante de la empresa demandada, por AV Nº
    • II.- ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
    • Agrega que, el recurrente no cuestionó los fundamentos en que se sustentó la sentencia, por
    • 2
    • Petitorio
    • Señala que demostraron que el demandante nunca trabajó en la Empresa Constructora Caballero, sino en
    • Violación de su derecho al debido proceso, por no haberse considerado, tanto en primera instancia
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Del contenido del Auto de Vista impugnado, se advierte que el Tribunal de Apelación anuló
    • De lo transcrito, no es difícil advertir que la nulidad dispuesta en la resolución de
    • Si las leyes procesales han establecido un conjunto de procedimientos, implica que los actos no
    • En el caso de la nulidad de oficio, estamos frente a una excepción al principio
    • En el caso presente, conforme se tiene expuesto supra, la nulidad dispuesta por el Tribunal
    • De la revisión del recurso, se advierte que si bien en el epígrafe señala que
    • Sobre el particular, se debe convenir que la apelación no supone juicio jerárquico o censura
    • Este nuevo examen de la causas, coloca a las partes en el mismo lugar que
    • Y si el caso fuese así, según el mismo Calamandrei, la injusticia cometida por el
    • Siguiendo el razonamiento anterior, le corresponderá al Tribunal de apelación, juzgar nuevamente los hechos con
    • De ahí que los arts
    • Consiguientemente y con base en lo anterior expuesto, habrá de convenirse que las omisiones advertidas
    • En ese marco y tratándose de un juicio de valor sobre el mérito de la
    • Por lo expuesto, éste Tribunal no encuentra fundados los motivos recursivos traídos por la entidad
    • Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que no son evidentes las infracciones acusadas,
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Regístrese, comuníquese y cúmplase.-

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