III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Recurso de casación en la forma interpuesto por Rilver Orozco Arancibia.-
1. Sobre la acusada violación de los arts. 50, 266, 218.II.1.b del Código Procesal Civil, por haberse resuelto el recurso de apelación sin que la empresa ALTAPOLI SRL sea parte demandada; sin haber acreditado interés legítimo y sin que se haya admitido su intervención como tercero; sin que la sentencia le haya causado agravio alguno y sin que exista decisión alguna que le haya condenado a pagar beneficios sociales
Recurso de casación en la forma interpuesto por Rilver Orozco Arancibia.-
1. Sobre la acusada violación de los arts. 50, 266, 218.II.1.b del Código Procesal Civil, por haberse resuelto el recurso de apelación sin que la empresa ALTAPOLI SRL sea parte demandada; sin haber acreditado interés legítimo y sin que se haya admitido su intervención como tercero; sin que la sentencia le haya causado agravio alguno y sin que exista decisión alguna que le haya condenado a pagar beneficios sociales
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En grado de Apelación, promovido por el representante de la empresa demandada, por AV Nº
- II.- ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Agrega que, el recurrente no cuestionó los fundamentos en que se sustentó la sentencia, por
- 2
- Petitorio
- Señala que demostraron que el demandante nunca trabajó en la Empresa Constructora Caballero, sino en
- Violación de su derecho al debido proceso, por no haberse considerado, tanto en primera instancia
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Del contenido del Auto de Vista impugnado, se advierte que el Tribunal de Apelación anuló
- De lo transcrito, no es difícil advertir que la nulidad dispuesta en la resolución de
- Si las leyes procesales han establecido un conjunto de procedimientos, implica que los actos no
- En el caso de la nulidad de oficio, estamos frente a una excepción al principio
- En el caso presente, conforme se tiene expuesto supra, la nulidad dispuesta por el Tribunal
- De la revisión del recurso, se advierte que si bien en el epígrafe señala que
- Sobre el particular, se debe convenir que la apelación no supone juicio jerárquico o censura
- Este nuevo examen de la causas, coloca a las partes en el mismo lugar que
- Y si el caso fuese así, según el mismo Calamandrei, la injusticia cometida por el
- Siguiendo el razonamiento anterior, le corresponderá al Tribunal de apelación, juzgar nuevamente los hechos con
- De ahí que los arts
- Consiguientemente y con base en lo anterior expuesto, habrá de convenirse que las omisiones advertidas
- En ese marco y tratándose de un juicio de valor sobre el mérito de la
- Por lo expuesto, éste Tribunal no encuentra fundados los motivos recursivos traídos por la entidad
- Con base en lo anterior, éste Tribunal concluye que no son evidentes las infracciones acusadas,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
