I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Proceso : Pago de derechos laborales (Subsidio de natalidad y lactancia)
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 181 a 182, interpuesto por la empresa “Cortezza Logística” S.R.L., representada por Lizzette Flores Canelas y Edson Jesús Vargas Olmos, contra el Auto de Vista Nº 82 de 21 de julio de 2017, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 176 a 177; dentro del proceso de pago de derechos laborales (Subsidio de natalidad y lactancia) interpuesto por Fernando Justiniano Villarroel contra la empresa recurrente; el memorial de respuesta al recurso, a fs. 185; el Auto de 25 de agosto de 2017, que concedió el recurso (fs.186); el Auto Supremo Nº 450-A de 4 de octubre de 2017 (fs. 194), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 181 a 182, interpuesto por la empresa “Cortezza Logística” S.R.L., representada por Lizzette Flores Canelas y Edson Jesús Vargas Olmos, contra el Auto de Vista Nº 82 de 21 de julio de 2017, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 176 a 177; dentro del proceso de pago de derechos laborales (Subsidio de natalidad y lactancia) interpuesto por Fernando Justiniano Villarroel contra la empresa recurrente; el memorial de respuesta al recurso, a fs. 185; el Auto de 25 de agosto de 2017, que concedió el recurso (fs.186); el Auto Supremo Nº 450-A de 4 de octubre de 2017 (fs. 194), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- Demandado : Empresa “Cortezza Logística” S.R.L
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de derechos laborales (Subsidio de natalidad y lactancia) por
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la empresa demandada interpuso recurso de apelación, de fs
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la empresa “Cortezza Logística” S
- La Sentencia y el Auto de Vista, al no pronunciarse, fundamentar y valorar los argumentos
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita, se declare la nulidad del Auto de Vista recurrido;
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- En ese entendido, corresponde al recurso de casación orientar sus argumentos a invalidar el Auto
- En el caso, la empresa recurrente, reitera los argumentos esgrimidos en su apelación, que están
- Tampoco se exhibe una diferenciación entre el recurso de casación en la forma y en
- Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional del abogado en Bs
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
