Auto Supremo AS/0620/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0620/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


Como se tiene hasta esta instancia, se advierte que la parte recurrente cumple con suficiencia los requisitos de admisibilidad dispuestos en el segundo párrafo del art. 417 del CPP, al señalar en términos claros y precisos la contradicción entre la Resolución impugnada y los precedentes invocados como se detalló en el párrafo que precede, restando declarar la admisibilidad del presente recurso con el fin de analizar la existencia de la contradicción argüida.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Octavio Gutiérrez Figueroa en representación legal de José Marcelo Ortuste Gonzáles, Nilda Patricia Ortuste Gonzáles y Jhonny Marcos Párraga Tardío, de fs. 1117 a 1119 vta.; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista  impugnado y el presente Auto Supremo