Auto Supremo AS/0623/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2018-RA

Fecha: 07-Ago-2018

Señala que, en cuanto a la fundamentación de los agravios de la Sentencia, el Tribunal


Señala que, en cuanto a la fundamentación de los agravios de la Sentencia, el Tribunal de alzada no se pronunció respecto de: a) La errónea aplicación de la Ley sustantiva penal, porque en el presente caso en el que se le condenó a la pena de veinte años de presidio, por el delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, no se tomó en cuenta y valoró todas las circunstancias que motivaron la denuncia y posterior acusación fiscal donde se le condenó en base a una simple declaración y un informe sicológico; y, b) El error de la concreción del tipo penal de incumplimiento de deberes previsto por el art. 308 bis del CP. También, señala que en cuanto a la errónea aplicación de la Ley sustantiva en el presente caso, al concretar el tipo penal condenado el Tribunal de Sentencia, señala que el imputado vivía cerca de la casa y que tuviese amistad con la madre de la menor y ese sería el nexo de causalidad para que se haya cometido el ilícito, de donde emerge el hecho de haber mantenido relaciones sexuales en dos ocasiones; y sin embargo, la denuncia es después de veinte días. También, señala que es de observar que la perito sicóloga no se presentó a declarar; aspecto que, le deja en indefensión