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    Auto Supremo AS/0636/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0636/2018-RA

    Fecha: 07-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 11 de mayo del 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado Hernán Magne Joaniquina formuló recurso de apelación restringida (fs
    • Por diligencia de 2 de mayo de 2018 (fs
    • De la revisión del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Refiere la existencia de contradicción de la Resolución recurrida con los precedentes invocados en el
    • Sostiene la existencia de imprecisión en la Sentencia, respecto a la aplicación del art
    • Denuncia que el Auto de Vista recurrido, incurriría en un error similar al de la
    • Refiere haber reclamado en apelación la existencia de conceptos sui generis del fallo de grado,
    • Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 086/2013 de 26 de marzo y 319/2012-RRC de
    • Asegura que la Sentencia añade que su persona recibió el aviso de resolución de contrato,
    • Señala que, en el numeral 4, párrafo segundo del Auto de Vista referido a
    • Refiere la existencia de contradicción entre el hecho investigado y la Sentencia; toda vez, que
    • Aduce la existencia de defectuosa valoración de la prueba al incorporar el Tribunal de Sentencia
    • Señala haber acreditado las condiciones en las que se habría dado la ejecución de la
    • Señala que el Tribunal de apelación desmereció al perito de descargo Wilfredo Canaviri Joaniquina, por
    • Asegura que el Auto de Vista “dice que se trata de un contrato, sin mayor
    • Afirma que el Auto de Vista contempló aspectos que no fueron recogidos por la Sentencia,
    • Denuncia la existencia de contradicción entre la parte considerativa y dispositiva del Auto de Vista,
    • Asegura también un cálculo equivocado de la Sentencia, afirmando que “la media del máximo del
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
    • Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
    • En el caso de autos se advierte que, según diligencia practicada a fs
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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