Auto Supremo AS/0650/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0650/2018-RA

Fecha: 14-Ago-2018

Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 250/2012 de


Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 250/2012 de 17 de septiembre, 431/2005 de 15 de octubre y 317 de 13 de junio de 2003; de los cuales se limitó a simplemente transcribirlos, sin realizar la precisión sobre la contradicción que existiría, entre los mencionados precedentes con el Auto de Vista impugnado, por lo que se advierte el incumplimiento de los requisitos de forma establecidos en el art. 417 del CPP; en consecuencia, dichos fallos no serán motivo de análisis en el fondo de lo pretendido; no obstante a lo manifestado, se advierte que el impetrante identificó plenamente el hecho concreto que le causa agravio y el argumento del Auto de Vista que habría originado la restricción [Auto de Vista emitió una resolución ultra petita, como se refiere en éste motivo en los incs. del 1) al 4); precisando asimismo la vulneración de sus derechos constitucionales (debido proceso y la defensa); explicando en qué consistieron las omisiones y deficiencias en que las que incurrió el Tribunal de alzada; y, el resultado dañoso emergente del defecto (El Tribunal de alzada emitió una resolución ultra petita)]. De la fundamentación expuesta en el recurso, se observa que el recurrente cumplió con los presupuestos de flexibilización, desarrollados en el acápite anterior de la presente resolución, haciendo viable la admisión de este motivo en forma extraordinaria