Aseveraciones absolutamente escuetas y carentes de toda carga argumentativa, impidiendo a este Alto Tribunal de
Aseveraciones absolutamente escuetas y carentes de toda carga argumentativa, impidiendo a este Alto Tribunal de Justicia establecer cuál el fundamento del Tribunal de apelación, contrario a otros precedentes pronunciados por otras Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia, o por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, circunstancia que también dificulta la labor de contraste con los precedentes contradictorios (Autos Supremos “630/2016-RRC” y “98/2013”), advirtiendo en consecuencia la inobservancia de los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, no existe causal para aplicar los criterios de flexibilización para una posible admisión del recurso de casación mismos que fueron desarrollados en el acápite anterior de la presente Resolución, deviniendo por ende, el recurso en inadmisible
- Por memorial presentado el 24 de mayo de 2018, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 17 de mayo de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- La recurrente refiere que: 1) De la revisión del recurso de apelación restringida, ampliación y
- Aseveraciones absolutamente escuetas y carentes de toda carga argumentativa, impidiendo a este Alto Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
