Auto Supremo AS/0680/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0680/2018-RA

Fecha: 14-Ago-2018

Finalmente afirma que, en la Sentencia no se consideró la falta de intención (animus) de


Finalmente afirma que, en la Sentencia no se consideró la falta de intención (animus) de cometer el delito, así como la existencia del iter criminis; que nadie presenció el hecho excepto el recurrente y su concubina; su formación y conducta al ser campesino “sin escasa preparación intelectual”; no pensó en robar el vehículo pues asegura que no sabe manejar; es decir, no se consideró las circunstancias para apreciar la personalidad del autor y la gravedad del hecho (arts. 37, 38 y 39 del CP), afirmando que simplemente se hubiesen basado en su declaración, en contravención del art. 6 –se entiende del CPP- e incurriendo en los defectos de la Sentencia, previstos en los arts. 370 incs. 1) y 5) y 169 inc. 3) del CPP. Aspectos que tampoco habrían sido considerados por los Vocales de la Sala Penal Primera para emitir el Auto de Vista impugnado, vulnerando así el debido proceso, presunción de inocencia y la legalidad