Auto Supremo AS/0697/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0697/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

Con relación al segundo motivo, el agravio expresado se refiere al punto V (Valoración de


Con relación al segundo motivo, el agravio expresado se refiere al punto V (Valoración de la Prueba) de la Sentencia, debido a que se le otorga un valor probatorio a un elemento que no habría nacido de la investigación -identificado como prueba de descargo 10-, sino de un Auto de Vista realizado por la Sala Penal Tercera, autoridades que no participaron de la investigación y no tuvieron la atribución de analizar todos los elementos de prueba ofrecidos, siendo un fundamento incompleto con relación al art. 124 del CPP. Además, que se dispuso la absolución de los imputados con costas para los acusadores sin señalar su motivo o el perjuicio que se hubiera ocasionado a los acusados. Invocando como precedentes contradictorios la Sentencia Constitucional Plurinacional 0050/2018-S3 de 15 de marzo; empero la parte recurrente no invoca ningún precedente contradictorio ordinario, a fin de realizar el examen de contrastación, aspecto ineludible que debe cumplirse, conforme prevén los arts. 416 y 417 del CPP, imposibilitando toda contrastación sobre disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, o en razón a preceptos a aplicarse y sobre la solución pretendida; en cuyo mérito, debido a que las omisiones son atribuibles a la parte recurrente que no pueden ser suplidas de oficio, en claro incumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP, corresponde declarar inadmisible este motivo de impugnación