Por memorial presentado el 15 de junio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 702/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Tarija 26/2018
Parte Acusadora : Andrés Alfaro Alba
Parte Imputada: Isolina Victoria Alfaro Alba y otro
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de junio de 2018, cursante de fs. 198 a 209, Isolina Victoria Alfaro Alba y Marcelo Hualca Ramos, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 33/2018 de 11 de mayo, de fs. 135 a 139 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Andrés Alfaro Alba contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 702/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Tarija 26/2018
Parte Acusadora : Andrés Alfaro Alba
Parte Imputada: Isolina Victoria Alfaro Alba y otro
Delito : Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de junio de 2018, cursante de fs. 198 a 209, Isolina Victoria Alfaro Alba y Marcelo Hualca Ramos, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 33/2018 de 11 de mayo, de fs. 135 a 139 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Andrés Alfaro Alba contra los recurrentes, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 15 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, los imputados Isolina Victoria Alfaro Alba y Marcelo Hualca Ramos (fs
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Los recurrentes interponen recurso de casación, denunciando su admisión por excepcionalidad ante la existencia de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- Los recurrentes en su único motivo identificado aducen que el Auto Supremo 622/2017-RRC de 23
- En el análisis del recurso de casación planteado, la parte recurrente solicita la admisión del
- Consiguientemente, de la revisión de antecedentes, cursa el Auto Supremo 622/2017-RRC de 23 de agosto,
- Por lo expuesto anteriormente, ante la denuncia de defectos absolutos por falta de motivación y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
