Arguyendo que el Tribunal de alzada no respondió de manera motivada y fundamentada a los
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Arguyendo que el Tribunal de alzada no respondió de manera motivada y fundamentada a los tres motivos planteados en apelación restringida, habiéndose limitado a observar aspectos formales, el recurrente señala como motivos de su recurso los siguientes:
En torno a la denuncia de valoración defectuosa de la prueba (MP-8), manifiesta que un acta de reconocimiento de personas fue introducida a juicio oral por su lectura. Considera que si bien tal documento pudo servir para apoyar sobre una imputación, para su introducción como prueba en juicio oral debió al menos procurarse la comparecencia de la persona que realizó el reconocimiento, más nunca introducirla por su lectura. Prosigue en sentido que en tal Acta no se consignó la firma de un abogado defensor, ni mucho menos algún representante consular o traductor. Asimismo, con relación al trámite otorgado en juicio oral a esta documental, cuestiona que los miembros del Tribunal de Sentencia, habiendo considerado la identidad entre las pruebas MP7 y MP8, de oficio procedieron a excluir la primera sin mediar en ello, al menos consenso de votos
- Por memorial presentado el 6 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 29 de mayo de 2018 (fs
- Arguyendo que el Tribunal de alzada no respondió de manera motivada y fundamentada a los
- Alega la lesión de su derecho a la defensa como emergencia de la defectuosa valoración
- Finalmente haciendo reminiscencia al tercer agravio de apelación restringida en el que se consideró que
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece por diligencia de 29 de mayo de 2018,
- En el primer motivo identificado, se denuncia valoración defectuosa de la prueba MP-8, al ser
- El recurrente pretende que en casación sean revisados actos impugnaticios sobre cuestiones incidentales, situación no
- De acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en los arts
- La exigencia procesal referida al planteamiento del precedente contradictorio, no es presente en lo absoluto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
