Auto Supremo AS/0740/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0740/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

En cuanto, al motivo alegado en el que reclama el recurrente que el Auto de


En cuanto, al motivo alegado en el que reclama el recurrente que el Auto de Vista incurrió en actividad procesal defectuosa, al rechazar su recurso de apelación restringida, alegando que la subsanación a su recurso carecía de eficacia, puesto que, no llevaba su firma y sólo estaba firmada por su abogada, sin considerar, que por memorial de 11 de septiembre, dio por bien hecho lo obrado por su abogada y justificó la imposibilidad temporal de su firma, por lo que considera, debía ingresar al análisis de fondo de su recurso, se advierte que invocó los Autos Supremos 006/2016-RA de 18 de enero, 175/2015-RA-L de 10 de abril, 262/2012-RA de 19 de octubre, 189/2013-RA de 12 de julio, 93/2012-RA de 9 de mayo, 175/2012-RA de 27 de julio, 312/2012-RA de 30 de noviembre, 201/2013 de 2 de agosto y 761/2015-RRC-L de 12 de octubre; empero, las primeras siete resoluciones efectuaron el análisis de admisibilidad; consecuentemente, no contienen doctrina legal aplicable, que permitan efectuar la labor de contraste con el Auto de Vista impugnado; en cuanto, a los dos últimos precedentes, se limitó a citarlos omitiendo explicar la contradicción existente en los términos exigidos por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, pues para el efectivo cumplimiento de la carga procesal impuesta al recurrente, no basta con la simple cita de Autos Supremos, sino que corresponde al recurrente, explicar por qué considera que el Auto de Vista recurrido contradijo los entendimientos de los precedentes invocados, para que con esos insumos este Tribunal pueda ingresar a verificar si existe o no contradicción; aspecto que no concurre en el presente recurso