Auto Supremo AS/0760/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0760/2018-RA

Fecha: 27-Ago-2018

Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos


II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos:

Citando los Autos Supremos 049/2014-RA y 225/2014-RRC, a efectos de la admisión de su recurso por vía de flexibilización, asevera la existencia de defectos absolutos, que reclama como primer agravio, que interpuesto recurso de apelación restringida, fue radicado ante la Sala Penal Segunda conformada por los Vocales Carolina Chamón Calvimontes y Ernesto Félix Mur, que le fue puesto a conocimiento; sin embargo, con posterioridad aparece convocado el Vocal de la Sala Penal Primera Dr. Jorge Vargas Villagómez que firma el Auto de Vista recurrido, convocatoria que no fue notificada a efectos de poder interponer las acciones que considere necesarias como una posible recusación; obrar que resulta contradictorio al Auto Supremo 268 de 24 de octubre de 2012; toda vez, que si bien el precedente haría referencia a la notificación con el Vocal dirimidor; empero, el alcance del derecho a la defensa y el ejercicio de su derecho a recusar, se ve lesionado, por cuanto, no fue notificado con la convocatoria del Vocal Jorge Vargas Villagómez, como establecería el precedente que invocó para que pueda ejercer los derechos que le asiste dentro de los alcances del art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE)