Partes: ALL AGRO AMERICAN S.A. c/ Empresa Minera “LA ESCONDIDA” SRL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 786/2018-RI
Sucre: 22 de agosto de 2018
Expediente: LP-102-18-S
Partes: ALL AGRO AMERICAN S.A. c/ Empresa Minera “LA ESCONDIDA” SRL
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 786/2018-RI
Sucre: 22 de agosto de 2018
Expediente: LP-102-18-S
Partes: ALL AGRO AMERICAN S.A. c/ Empresa Minera “LA ESCONDIDA” SRL
- Partes: ALL AGRO AMERICAN S.A. c/ Empresa Minera “LA ESCONDIDA” SRL
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Refiere que la demandante pretende adecuar el procedimiento a su medida, porque cuando se apersonó
- Encontrándonos en la fase de admisibilidad corresponde delinear cuales resultan los casos de improcedencia objetiva
- A través del AS 633/2018-RI se ha orientado en sentido que el recurso de casación,
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
- En ese orden , el recurso de casación por su carácter de extraordinario, vertical y
- a)El plazo para su interposición (art
- b)El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
- d)La exposición de los puntos de controversia que debe contener un mínimo de explicación y
- b)Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- d)Falta de legitimación por no tratarse de un derecho propio, que no debe confundirse con
- CONSIDERANDO IV
- De la compulsa del Auto de Vista se advierte que en su parte resolutiva genera
- Estando claro el panorama jurídico ante el cual no encontramos, es decir que únicamente es
- Con la aclaración que el presente análisis no alcanza a la parte que anula la
- Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
