Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye en todos los niveles, y sobre todo, en la administración de justicia, este Máximo Tribunal no puede cumplir únicamente su función nomofiláctica y unificadora, sino que a partir del citado principio de rango constitucional, retoma con fuerza la función dikelógica del recurso de casación, que a decir de Juan Carlos Lazano Bambaren : “ consiste, en reivindicar el carácter justiciero del medio impugnatorio, pues, el uso de un recurso impugnatorio tiene por objeto evitar que el error cometido por un juez produzca un agravio definitivo sobre uno de los litigantes” En esa misma lógica Martin Hurtado Reyes expresa: “ el desarrollo de la teoría procesal fue perfilando un tercer fin, con el que se buscaba proteger al litigante pretendiendo cautelar sus intereses “…” generando la posibilidad que con el recurso de casación se busque hacer justicia al caso concreto, esta es la finalidad dikelogica” , entonces acorde con la doctrina, esta tercera función, adopta una aplicación del valor justicia al caso concreto que encuentra consonancia con el nuevo paradigma constitucional que genera principios rectores como es el de verdad material; tampoco se puede desconocer la semejanza del recurso de casación a una nueva demanda de puro derecho por los requisitos que la norma le impone para su viabilidad, entonces el recurso de casación cumple las tres citadas funciones, nomofiláctica, unificadora y dikelógica
- Partes: ALL AGRO AMERICAN S.A. c/ Empresa Minera “LA ESCONDIDA” SRL
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Refiere que la demandante pretende adecuar el procedimiento a su medida, porque cuando se apersonó
- Encontrándonos en la fase de admisibilidad corresponde delinear cuales resultan los casos de improcedencia objetiva
- A través del AS 633/2018-RI se ha orientado en sentido que el recurso de casación,
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
- En ese orden , el recurso de casación por su carácter de extraordinario, vertical y
- a)El plazo para su interposición (art
- b)El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
- d)La exposición de los puntos de controversia que debe contener un mínimo de explicación y
- b)Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- d)Falta de legitimación por no tratarse de un derecho propio, que no debe confundirse con
- CONSIDERANDO IV
- De la compulsa del Auto de Vista se advierte que en su parte resolutiva genera
- Estando claro el panorama jurídico ante el cual no encontramos, es decir que únicamente es
- Con la aclaración que el presente análisis no alcanza a la parte que anula la
- Por los fundamentos expuestos corresponde emitir resolución conforme determina el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
