Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo previsto por el art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil
- Proceso: Reivindicación y entrega de fracción de bien inmueble
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I
- Impugnada la resolución de primera instancia por los demandados, el Auto de Vista Nº SC1º
- Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo, que se pasa a
- CONSIDERANDO II
- 2
- De la respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO III
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- En este marco y en relación a lo dispuesto por el art
- Al efecto se puede citar el AS Nº414/2014 de fecha 04 de agosto 2014, que
- Existe vasta jurisprudencia respecto al tema en cuestión, donde se establecieron requisitos para la procedencia
- En ese entendido, se tiene que cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando
- Asimismo en la doctrina aplicable contenida en el AS 207/2016 de fecha 11 de marzo
- CONSIDERANDO IV
- IV
- Cabe señalar, que la autoridad judicial en el estudio de la prueba, se restringe a
- En cuanto a la pericia de descargo generada por la parte demandada a cargo del
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso (fondo), conforme a lo
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizú.
