CONSIDERANDO I: Que la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del
CONSIDERANDO I: Que la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, manifiesta que adjunta copia de la Nota Verbal No 400 de 12 de julio de 2018, proveniente de la Embajada de la República Federativa de Brasil, acreditada en el Estado Plurinacional de Bolivia, en la cual, solicita la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano boliviano Jesús Einar Lima Lobo Dorado por el delito de “Asociación para el Tráfico Internacional de Drogas” y manifiesta que mediante proceso Nº 6516-96.2017.4.01.3000/1ª Vara, investigación policial Nº 15601 del Ministerio Público Federal de la Sección Judicial del Estado del Acre, se requiere la solicitud de detención preventiva con fines de extradición del ciudadano de nacionalidad boliviana, Jesús Einar Lima Lobo Dorado por el delito de "Asociación para el Tráfico Internacional de Drogas” promovido en el marco del “Acuerdo Sobre Extradición del “MERCOSUR” del 10 de diciembre de 1998, ratificado por mediante Ley Nº 2830 de 3 de septiembre de 2004 por el Estado Boliviano” (sic) (ver fs. 58)
- AUTO SUPREMO:80/2018
- FECHA:Sucre, 5 de septiembre de 2018
- EXPEDIENTE:10/2018
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Embajada de la República Federativa del Brasil contra Jesús Einar Lima
- MAGISTRADO TRAMITADOR:Esteban Miranda Terán
- VISTOS EN SALA PLENA: La nota GM-DGAJ-UAJI
- CONSIDERANDO I: Que la Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del
- De los antecedentes se evidencia, que la Embajada de la República Federativa del Brasil mediante
- CONSIDERANDO II: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
- El Acuerdo sobre extradición del “MERCOSUR” descrito, guarda estrecha relación por tratarse sobre el mismo
- En ese sentido, se evidencia que dicha normativa internacional añade como requisito para la procedencia
- CONSIDERANDO III: Que en el caso de autos, la documentación presentada que cursa de fojas 2
- Por lo expuesto, se evidencia que fueron cumplidos los requisitos exigidos por el Acuerdo Sobre
- Las disposiciones legales internacionales (Acuerdo Sobre Extradición del “MERCOSUR” del 10 de diciembre de 1998,
- Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, lugar
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o las del lugar donde sea aprehendido
- Asimismo, a los efectos del debido proceso de ley, el juez comisionado deberá velar porque
- Finalmente, a los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere
- Sala Plena
