Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 283/2018
Sucre, 25 de septiembre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-BNI. 375/2017
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 175 a 178, interpuesto por Mayerling Castedo Molina, en representación legal del Gobierno Autónomo Departamental del Beni- Secretaría de Desarrollo Humano, contra la Sentencia Nº 03/2017 de 20 de abril de 2017 cursante a fs.165 a 171, pronunciada por la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y contenciosa Administrativa del Beni, dentro del proceso contencioso seguido por Mariel Denise Marín Morales, contra la institución que representa el recurrente, el Auto de fs. 184, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y contenciosa Administrativa del Beni, emitió la Sentencia Nº 03/2017 de 20 de abril de 2017 declarando probada la demanda contenciosa de fs. 26 a 30 de obrados, disponiendo que la entidad demandada cancele la suma de Bs. 16.500 sobre cumplimiento de contrato
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 283/2018
Sucre, 25 de septiembre de 2018
Expediente: SC-CA.SAII-BNI. 375/2017
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 175 a 178, interpuesto por Mayerling Castedo Molina, en representación legal del Gobierno Autónomo Departamental del Beni- Secretaría de Desarrollo Humano, contra la Sentencia Nº 03/2017 de 20 de abril de 2017 cursante a fs.165 a 171, pronunciada por la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y contenciosa Administrativa del Beni, dentro del proceso contencioso seguido por Mariel Denise Marín Morales, contra la institución que representa el recurrente, el Auto de fs. 184, que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y contenciosa Administrativa del Beni, emitió la Sentencia Nº 03/2017 de 20 de abril de 2017 declarando probada la demanda contenciosa de fs. 26 a 30 de obrados, disponiendo que la entidad demandada cancele la suma de Bs. 16.500 sobre cumplimiento de contrato
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Sala Social Administrativa y Sala Especializada Contenciosa y
- La referida sentencia, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de casación en
- AGRAVIO SUFRIDO POR LA FALTA DE FUNDAMENTACION DE LA SENTENCIA No. 03/2017
- Manifiesta también que la sentencia carece de una debida fundamentación e individualización respecto a los
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, disponga la nulidad hasta el vicio más
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico consagrado constitucionalmente
- En efecto, el Diccionario de la Lengua Española asigna a la palabra motivación la "acción
- Esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas por disposición de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 de 20
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
