Auto Supremo AS/0496/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2018

Fecha: 21-Sep-2018

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2.- Con referencia a los puntos 3 y 4 del memorial: No corresponde el pago de la indemnización, pues como la propia Sentencia y Auto de Vista expresan, se había vencido el plazo de contratación, en virtud al contrato de plazo fijo suscrito entre las partes, por lo que el actor no fue despedido intempestivamente, lo que representa que no corresponde el pago del desahucio, extremo aplicable de igual manera con referencia a la indemnización, pues si no se consideró el desahucio valorando el contrato a plazo fijo, tampoco debía considerarse el pago de la indemnización bajo los mismos argumentos, por lo que nos encontramos ante apreciaciones totalmente incoherentes y contradictorias, al valorar el contrato eventual para unos derechos y no para otros