El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga a expresar de forma coherente todos los argumentos considerativos entre sí y de éstos con la parte resolutiva, y; b) La segunda, conocida como congruencia externa, que es a la que hace referencia el autor precitado, relativa a la exigencia de correspondencia o armonía entre la pretensión u objeto del proceso y la decisión judicial. Este tipo de congruencia queda afectado en los siguientes supuestos: 1) La incongruencia omisiva o ex silentio, que se presenta cuando el órgano jurisdiccional omite contestar alguna de las pretensiones sometidas a su consideración por las partes; 2) La incongruencia por exceso o extra petita (petitum), se produce cuando el pronunciamiento judicial excede las peticiones realizadas por el recurrente, incluyendo temas no demandados o denunciados, impidiendo a las partes la posibilidad de efectuar las alegaciones pertinentes en defensa de sus intereses relacionados con lo decidido; 3) La incongruencia por error, que se da cuando en una sola resolución se incurre en las dos anteriores clases de incongruencia, entendiéndose por tanto, que el órgano judicial, por cualquier tipo de error sufrido, no resuelve sobre los motivos del recurso, sino que equivocadamente lo hace sobre aspectos totalmente ajenos a los planteados, dejando sin respuesta las pretensiones del recurrente.” (sic)
- Por memorial presentado el 10 de enero de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 22/2017 de 7 de abril (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Erwin Santos Alcalá Córdova (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 303/2018-RA de 14 de
- El recurrente en su memorial de recurso de casación, hace una relación del contenido del
- Añade que, existe abundante doctrina al respecto como ser los Autos Supremos 369/2015-RRC de 12
- Concluye indicando que, el Auto de Vista recurrido, fue dictado de manera ilegal al confirmar
- I.2.1. Petitorio
- El recurrente solicita se case el Auto de Vista y en su lugar se dicte
- I.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 303/2018-RA de 14 de mayo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 22/2017 de 7 de abril, el Tribunal Séptimo de Sentencia del Tribunal Departamental
- El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó
- Tercero
- Por lo que, concluyó dicho Tribunal que el imputado Erwin Santos Alcalá Córdova es autor
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Erwin Santos Alcalá Córdova interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
- Denunció que la Sentencia no tiene ninguna congruencia, debido a que versa sobre el delito
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En relación al segundo motivo, refiere que a pesar que el Ministerio Público tiene la
- En el presente caso, en relación al motivo admitido por el Auto Supremo 303/2018-RA de
- En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- El principio de congruencia se encuentra constituido como un orientador trascendental del adjetivo penal, cuya
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- III.2. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado identifica en el recurso, la
- A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada, referida a defecto absoluto por
- A tal efecto, el Auto de Vista impugnado refirió que en relación al motivo invocado
- Al respecto, analizado este motivo de casación y verificado lo denunciado en apelación restringida con
- Esta decisión judicial se funda en razonamientos contrarios a los expresados en el punto III
- En consecuencia, esta Sala Penal asume, con base al análisis efectuado sobre el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
