Auto Supremo AS/0825/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0825/2018-RA

Fecha: 10-Sep-2018

Ahora bien, respecto al primer motivo, la recurrente refiere, que en su memorial apelación restringida


Ahora bien, respecto al primer motivo, la recurrente refiere, que en su memorial apelación restringida describió en qué forma se vulneraron sus derechos constitucionales, refiriéndose a los principios de especificidad, finalidad del acto, trascendencia y convalidación o ratificación para que opere la nulidad; toda vez, que la Sentencia de acuerdo a lo expuesto por el propio Auto de Vista recurrido no procedió con la debida fundamentación, puesto que, el Tribunal de primera instancia no expuso los motivos de hecho y derecho que sustentaría su decisión en sujeción a los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, conforme al principio de la razón suficiente, habiéndose vulnerado el art. 115 de la CPE, consagrada a las garantías de acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva