Auto Supremo AS/0825/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0825/2018-RA

Fecha: 10-Sep-2018

De la relación de argumentos expuestos por la recurrente, no se advierte agravio en el


De la relación de argumentos expuestos por la recurrente, no se advierte agravio en el que hubiere incurrido el Auto de Vista recurrido; toda vez, que la recurrente, no refiere qué hizo o no hizo el Tribunal de alzada que le ocasionare agravio, limitándose a señalar que en su memorial de apelación restringida describió la forma de vulneración de derechos constitucionales y que la Sentencia no procedió con la debida fundamentación que había sido expuesto por el propio Auto de Vista; sin embargo, no señala que hizo el Auto de Vista recurrido que le genere agravio, sumándose a dicha negligencia, que invocó la Sentencia Constitucional 1523/2004-R de 28 de septiembre, no observando, que en el marco de una correcta interpretación del art. 416 del CPP, las Sentencias Constitucionales, no tienen la calidad de precedentes contradictorios, constituyendo tales, únicamente los Autos de Vista dictados en recursos de apelación restringida ejecutoriados y Autos Supremos donde se establezca o ratifique doctrina legal aplicable; no siendo válido, el acudir a jurisprudencia constitucional a objeto del cumplimiento de la cita de precedente y explicación de contradicción que exige la ley