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    Auto Supremo AS/0842/2018-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0842/2018-RRC

    Fecha: 17-Sep-2018

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    • Por memorial presentado el 30 de mayo de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 37/2015 de 30 de junio (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, las imputadas Silvia Mery y Rosmery ambas de apellidos Angulo Díaz
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Asimismo, señalan que el Tribunal de Sentencia basó su Sentencia condenatoria en la existencia de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 668/2017-RA de 4 de septiembre, cursante de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 37/2015 de 30 de junio, el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental
    • El inmueble en cuestión conforme refirieron en sus declaraciones las hermanas de las imputadas, se
    • Es evidente el perjuicio generado a los acusadores por efecto de los anticréticos otorgados por
    • II.2. De los recursos de apelación restringida y su resolución
    • Por mandato del art
    • En concordancia con lo anterior, estableció: “Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir
    • Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
    • De manera específica, con relación a las resoluciones emitidas por los Tribunales de apelación, previa
    • Respecto a lo anterior, la jurisprudencia constitucional, desarrolló el alcance y finalidad del derecho a
    • Lo precedentemente señalado, evidencia que el Tribunal de apelación, no se encuentra exento de fundamentar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Teniendo en cuenta los límites de análisis establecidos en el Auto de Admisión emitido en
    • En ese sentido, de los antecedentes del proceso, se verifica que las imputadas alegaron la
    • Precisados como se encuentran los planteamientos formulados en apelación restringida por las imputadas al amparo
    • En el caso concreto, se verifica de la descripción hecha del contenido del Auto de
    • interpuesto por Silvia Mery y Rosmery ambas de apellido Angulo Díaz, cursante de fs
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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