CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación de fs. 215 a 217 vta., interpuesto por Adhemar Daniel Hurtado Montalvo contra el Auto de Vista Nº 448/2018 de fecha 18 de junio, cursante de fs. 210 a 211 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de división y partición de bienes gananciales, seguido por Raquel María Quisbert Callisaya contra el recurrente, la concesión de fs. 231 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Raquel María Quisbert Callisaya interpuso la demanda de división y partición de bienes gananciales que cursa de fs. 19 a 23, que una vez tramitada concluyó con la Sentencia Nº 54/2018 de fecha 9 de febrero, (fs. 180 a 187) con la que la Juez Público de Familia Nº 10 de la capital, declara PROBADA en parte la demanda de división y partición de bienes gananciales, e IMPROBADA la demanda reconvencional, con las disposiciones descritas en dicho fallo
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Raquel María Quisbert Callisaya interpuso la demanda de división y partición de bienes gananciales que cursa de fs. 19 a 23, que una vez tramitada concluyó con la Sentencia Nº 54/2018 de fecha 9 de febrero, (fs. 180 a 187) con la que la Juez Público de Familia Nº 10 de la capital, declara PROBADA en parte la demanda de división y partición de bienes gananciales, e IMPROBADA la demanda reconvencional, con las disposiciones descritas en dicho fallo
- Partes: Raquel María Quisbert Callisaya. c/ Adhemar Daniel Hurtado Montalvo
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.1. De la resolución impugnada
- En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber impugnado
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
