En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de apelación presentado por el recurrente contra la Sentencia que declaró probada la demanda ordinara de división y partición de bienes gananciales e improbada la demanda reconvencional; por consiguiente, se encuentra dentro de la previsión contenida en los art. 421 inc. c), 392 y 432 del Código de las Familias y del Proceso Familiar
- Partes: Raquel María Quisbert Callisaya. c/ Adhemar Daniel Hurtado Montalvo
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.1. De la resolución impugnada
- En Autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber impugnado
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
