Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Lesiones graves,
Por Sentencia 24/2016 de 19 de agosto, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Eddy Wendel Funes Felipes, autor de la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado por la primera parte del art. 271 del CP, imponiendo la pena de cinco años y cinco meses de reclusión, con costas y pago de la responsabilidad civil a favor del Estado y la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia, en base a los siguientes argumentos:
Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Lesiones graves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, se llegó a la convicción de que el acusado es responsable de haber causado la lesión a la víctima Carmen Luz Martínez Lizarazu, al haberle propinado varias patadas como señaló la propia víctima; por lo que se llegó a demostrar la participación del acusado, lo que significa que le causó una lesión en la integridad física de la víctima en el tobillo del pie izquierdo de la víctima, esa lesión se traduciría en un daño físico que provocó un daño en el cuerpo que resultó ser una fractura del tobillo izquierdo, con impedimento o incapacidad legal de treinta días, demostrando en consecuencia la participación del acusado y se hace inminente la condena por el delito de Lesiones Graves
- Por memorial presentado el 22 de febrero de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 24/2016 de 19 de agosto (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 460/2018-RA de 29 de junio, se
- El recurrente denuncia que el Auto Vista impugnado es contrario al Auto Supremo 97/2005 de
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita, se de curso a su recurso de casación y deje sin efecto
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- Con base a los hechos probados y el análisis del tipo penal de Lesiones graves,
- II.2. De la apelación restringida
- Contra dicha Sentencia Eddy Wendel Funes Felipes, interpuso apelación restringida bajo los siguientes argumentos
- Señala que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración
- Con relación a la aplicación del art
- En el recurso de casación planteado se denuncia que el Auto de Vista, convalidó la
- III.1. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
- Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- Respecto del único motivo, el recurrente denuncia que el Auto Vista impugnado es contrario al
- “…que, la insuficiencia de la prueba da lugar a la duda razonable, situación que merece
- El Código Penal en su artículo 13 Quater indica: "Cuando la ley no conmine expresamente
- Con la finalidad de realizar al análisis del supuesto contradictorio señalado por el recurrente cabe
- Al respecto, sobre el supuesto explicado en el párrafo anterior; es decir, que cuando ante
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
