Auto Supremo AS/0862/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0862/2018

Fecha: 05-Sep-2018

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2. Acusó que el Auto de Vista con el argumento que no se aperturó competencia, no revisó los antecedentes del proceso, la prueba material para que opere la usucapión, como ser las pruebas referidas a la contratación de servicios de luz y agua, siendo el más antiguo de agosto de 2006, ya que para que opere la usucapión debe cumplirse con el tiempo establecido por Ley y la posesión, en ese entendido los vocales limitaron su análisis al determinar que los demandados no perdieron la posesión, sin considerar que los procesos previos habrían interrumpido la misma.
3. Expresó que los testigos de descargo tienen la misma calidad de ocupantes de mala fe, son vecinos avasalladores que se encubren entre ellos, no son convincentes ni hacen fe probatoria en derecho, entonces sus declaraciones no pueden tomarse como válidas