En aplicación del art
En aplicación del art. 17.IV de la LOJ, por Secretaría de Sala, ofíciese nota al Consejo de la Magistratura, para que tome conocimiento del presente Auto Supremo
- Por memorial presentado el 15 de febrero de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 73/2017 de 18 de agosto (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular María Ana Flores Torres (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 492/2018-RA de 10 de
- Invocando como precedentes contradictorios los Autos Supremos “538/2015 SALA PENAL PRIMERA, 725/2015-RRC SALA PENAL PRIMERA“,
- Refiere que, el Tribunal de Sentencia no entendió que se demostraron los agravios, así como
- I.2.1. Petitorio
- La recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando se dicte
- I.3. Admisión del recurso
- II.1. De la Sentencia
- El Tribunal de Sentencia, una vez analizadas y valoradas las pruebas producidas en juicio determinó
- Tercero
- Asimismo, determinó el Tribunal de Sentencia estableció como hechos probados
- II.2. De la apelación restringida
- Contra la mencionada Sentencia, María Ana Flores Torres interpuso recurso de apelación restringida, denunciando los
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta por el Auto de Vista impugnado, emitido por
- En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de alzada, corresponde dilucidar
- Entre los componentes primordiales que rige el debido proceso como garantía constitucional de protección del
- El principio de congruencia se encuentra constituido como un orientador trascendental del adjetivo penal, cuya
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia interna, que obliga
- III.3. Análisis del caso concreto
- La parte recurrente, reiterando los fundamentos de su recurso de apelación restringida, denuncia que, el
- A efectos de ingresar al fondo de la problemática planteada, referida a defecto absoluto por
- A tal efecto, el Auto de Vista impugnado refirió que la recurrente, de manera genérica,
- Al respecto, analizado este motivo de casación y verificado lo denunciado en apelación restringida con
- Sobre todos estos reclamos el Tribunal de alzada, refiere indebidamente que no se habrían cumplido
- En consecuencia, esta Sala Penal asume, con base al análisis efectuado sobre el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
