La administración de justicia según el art
Sobre el primer punto del recurso de casación, el recurrente señaló que el diligenciamiento de la prueba pericial correspondía a la parte actora y no puede ser atribuida al A quo, y que el Auto de Vista en sus efectos está generando una fisura que afecta el principio de desigualdad y seguridad jurídica de las partes.
La administración de justicia según el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, se fundamenta en los principios de legalidad, eficiencia y eficacia, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante la Ley. Bajo estos principios el diligenciamiento de la prueba pericial arrojará la verdad material sobre los hechos, que garantizará la eficiencia y eficacia de la administración de justicia
La administración de justicia según el art. 180.I de la Constitución Política del Estado, se fundamenta en los principios de legalidad, eficiencia y eficacia, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante la Ley. Bajo estos principios el diligenciamiento de la prueba pericial arrojará la verdad material sobre los hechos, que garantizará la eficiencia y eficacia de la administración de justicia
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
- De la respuesta al recurso de casación
- La administración de justicia según el art
- El recurrente señala que la prueba pericial no es una prueba de mejor proveer y
- En definitiva pide que se confirme el Auto de Vista de 30 de agosto del
- III.1. Principio de verdad material
- El Auto Supremo Nº 174/2017 de 21 de febrero, sobre la verdad material, ha señalado:
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Así también el Auto supremo Nº 225/2015 al respecto ha orientado que: “Para resolver el
- Por otra parte la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
- El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
- CONSIDERANDO IV
- 2
- Referente a la acusación de legalidad, el Tribunal de alzada basó su criterio en la
- Por todas las consideraciones realizadas, corresponde emitir resolución para el recurso, conforme a lo previsto
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
