Por memorial presentado el 15 de agosto de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 887/2018-RA
Sucre, 27 de septiembre de 2018
Expediente : Oruro 35/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada : Pablo Paul Zubieta Arce y otros
Delitos : Allanamiento del Domicilio o sus Dependencias y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de agosto de 2018, cursante de fs. 218 a 220 vta., Pablo Paul Zubieta Arce, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 17/2012 de 8 de mayo, de fs. 194 a 198 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de la Brigada Parlamentaria de Oruro contra Freddy German Huayta Veliz, Alexander Chino Colque, Santiago Sauciri Martínez y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Allanamiento del Domicilio o sus Dependencias, Robo Agravado y Daño Calificado, previstos y sancionado por los arts. 298, 332 y 398 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 887/2018-RA
Sucre, 27 de septiembre de 2018
Expediente : Oruro 35/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada : Pablo Paul Zubieta Arce y otros
Delitos : Allanamiento del Domicilio o sus Dependencias y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de agosto de 2018, cursante de fs. 218 a 220 vta., Pablo Paul Zubieta Arce, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 17/2012 de 8 de mayo, de fs. 194 a 198 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de la Brigada Parlamentaria de Oruro contra Freddy German Huayta Veliz, Alexander Chino Colque, Santiago Sauciri Martínez y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Allanamiento del Domicilio o sus Dependencias, Robo Agravado y Daño Calificado, previstos y sancionado por los arts. 298, 332 y 398 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 15 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Pablo Paul Zubieta Arce interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 8 de agosto de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- Sin duda alguna, se evidencia la carencia de técnica recursiva imputable al recurrente en la
- Ahora bien, se advierte el recurrente denuncia la existencia de una infracción a un derecho
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
