Auto Supremo AS/0888/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0888/2018-RA

Fecha: 27-Sep-2018

Respecto del primer motivo, la recurrente hace referencia a que en el Auto de Vista


Respecto del primer motivo, la recurrente hace referencia a que en el Auto de Vista no se considera que la demanda no debió ser en la vía penal si no en la civil y que el monto de dinero que se señala no coincide con la declaración que realizó la imputada y además que no se encuentra acreditado con prueba legal; asimismo, señala que el monto de dinero sale del supuesto informe de FERRERE, no cumple con los arts. 12 del CPP, 14.II de la CPE y que llega a ser una prueba ilegal bajo el entendimiento del art. 13 del CPP. Por lo que se infringió los arts. 11 y 12 del CPC y las atribuciones establecidas en el art. 69 de la LOJ, que determinan que éste proceso no corresponde a la vía penal si no a la civil de rendición de cuentas; aspecto que debió ser subsanado de oficio por los jueces y tribunales que conocieron el proceso, en cumplimiento del art. 168 y 169 del CPP