El recurso de casación, a través de la doctrina y jurisprudencia, ha sido definido como
El recurso de casación, a través de la doctrina y jurisprudencia, ha sido definido como un recurso extraordinario vertical con presupuestos esencialmente establecidos por ley, que puede ser en la forma (por errores improcedendo o de procedimiento) o en el fondo (errores in iudicando). Por su naturaleza jurídica respondía a diferentes finalidades como ser la nomofiláctica y uniformadora, la primera pues limitaba a este Tribunal única y exclusivamente a un control exacto de la Ley y, la segunda porque los fallos emitidos por este máximo Tribunal de Justicia, al ser fuente directa del derecho, son vinculantes tanto horizontal (auto-vinculantes) como verticalmente (para todas las autoridades que componen el Órgano Judicial)
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Respuesta al recurso de casación
- Hace constar que el recurso de casación interpuesto por tercería coadyuvante, plantea cuestiones de derecho
- CONSIDERANDO III
- El recurso de casación, a través de la doctrina y jurisprudencia, ha sido definido como
- No debe dejarse de lado que a partir de la vigencia de la actual Constitución
- Partiendo de este criterio, y encontrándose en vigor el principio de verdad material que influye
- En ese orden , el recurso de casación por su carácter de extraordinario, vertical y
- a)El plazo para su interposición (art
- b)El tipo de resolución que se impugna pues, si bien se encuentra establecido en el
- b)Contra una resolución que disponga una nulidad procesal, en cuyo caso no es viable interponer
- d)Falta de legitimación por no tratarse de un derecho propio, que no debe confundirse con
- Este Tribunal mediante el Auto Supremo Nº 158/2014 de fecha 17 de abril sobre la
- Desde otro criterio doctrinario se tiene la ponencia presentada en la Universidad San Marcos de
- CONSIDERANDO IV
- 1
- Partiendo del entendimiento esbozado, en el sub lite la recurrente centra sus argumentos en observar
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
