Auto Supremo AS/0523/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0523/2019

Fecha: 08-Oct-2019

El recurso de casación interpuesto, fue contestado por la parte demandante, conforme cursa a fs

2.- Transcribiendo parte del Auto de Vista recurrido, acusa que el Tribunal de alzada, funda su decisión en hechos no comprados, pues precisa que fue el demandante quien pido permiso en fecha 27 de mayo y regreso después de una semana de manera arbitraria, situación que no debe ser entendida como abandono, toda vez que el art. 16 de la LGT, fue derogado por el art. 2 de la Ley de 23 de noviembre de 1944, el cual establece que la ausencia injustificada por más de seis días, se entiende como renuncia tacita y no como abandono.
En conclusión, de manera contradictoria con los fundamentos del recurso de casación, solicita al Tribunal Supremo de Justicia, la NULIDAD el Auto de Vista impugnado, revocando todos los extremos de la Sentencia N° 066/2015 de 4 de diciembre.
El recurso de casación interpuesto, fue contestado por la parte demandante, conforme cursa a fs. 90 a 90 vta. de obrados